El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso para pronunciarse sobre la nulidad de las liquidaciones y autoliquidaciones de impuestos locales de los grandes municipios que han eludido la obligación de constituir el Tribunal Económico Municipal por incumplimiento del art. 137 LBRL. (Idealista 3 de febrero de 2022). Idealista 3 de febrero de 2022.
En la Comunidad Valenciana los municipios que se podrían ver afectados son Gandía, Torrent, Orihuela, Torrevieja o Elche.
Y los impuestos que podrían ser objeto de nulidad serían IAE, IBI, ICIO, plusvalía municipal, sanciones, recargos…etc.
El ámbito temporal se la solicitud dependería del tipo de declaración: en caso de autoliquidación serían 4 años y en caso de liquidación sería el plazo ordinario para recurso.
Dadas las limitaciones temporales que se están imponiendo por la justicia para solicitar la devolución post-sentencia, se hace recomendable en caso de poder verse beneficiado, interponer las acciones pertinentes con carácter previo a la publicación de la misma.
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